Reclamación a los datos de inscripción en el Censo Electoral en periodo electoral
Descripción: En periodo electoral, los ayuntamientos y consulados están obligados a mantener un servicio de consulta de las listas electorales vigentes de sus respectivos municipios y demarcaciones durante un plazo de ocho dias a partir del sexto día posterior a la convocatoria de elecciones.
Dentro de este plazo, cualquier persona puede formular reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (de su provincia de inscripción), sobre sus datos de inscripción en dicho Censo.