Tramitación de Planes de recuperación y de Planes de financiación a corto plazo en Situaciones de Deterioro Financiero
Descripción: Las entidades aseguradoras y reaseguradoras están obligadas a someter a la aprobación de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones un Plan de recuperación y/o un Plan de financiación a corto plazo cuando detecten la existencia de alguna de las situaciones de deterioro de su situación financiera por insuficiencia con respecto al capital de solvencia obligatorio o al capital mínimo obligatorio, respectivamente